RESOLUCIÓN Nº 570-2023 -IPAV-

Adjudicación en venta de viviendas.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicada en el B.O. 3575 del 16-16-23.-

Dictada el 07-06-23.-

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

 

Artículo 1°.- Las viviendas correspondientes a la presente operatoria serán adjudicadas en venta conforme los plazos, cuotas y tasas dispuestos en el artículo 7° del Reglamento aprobado por Resolución N° 448/20 de este Instituto, incluyendo en la cuota el importe que corresponda a los gastos de Escrituración, siendo éstos a cargo de los beneficiarios.-

 

Artículo 2º.- La escritura traslativa de dominio será otorgada a la cancelación del crédito, libre de todo gravamen y por ante el Escribano que designe el beneficiario.-

 

Artículo 3°.- Apruébese el modelo de Acta que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.-

 

Artículo 4°.- Facultase al Gerente Técnico Administrativo de este Instituto de Vivienda para que en su nombre y representación suscriba los contratos administrativos que figuran en el Anexo de esta Resolución y a suscribir las escrituras traslativas de dominio libre de todo gravamen a favor de los beneficiarios



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.